Fortalecen leyes para el registro de veterinarias, pensiones y paseadores de animales en CDMX

El Congreso de la CDMX actualizó la llamada “Ley Maple”, en la que se contempla el registro obligatorio de mascotas, refugios, veterinarias y paseadores.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó, por unanimidad, la actualización a la “Ley de Protección a los Animales”, también conocida como “Ley Maple”, a favor de animales de compañía que son llevados a pensiones, veterinarias, hospitales, escuelas de adiestramiento o con paseadores.

El dictamen generado por la Comisión de Bienestar Animal fue aprobado en sesión ordinaria este miércoles por 48 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. 

Iniciativas presentadas

  1. Que cualquier autoridad pública tenga en cuenta qué es el “bienestar animal”, entendido como el estado físico y mental en el que un animal vive, es manejado y muere, y cómo se deben tomar las decisiones al respecto.
  2. Que el estado mental es la manifestación de derivada de experiencias positivas y negativas que inciden en el bienestar animal.
  3. El Gobierno de la CDMX deberá expedir una Norma Ambiental que especifique las medidas para evaluar el bienestar animal. 
  4. El paseador de perros es la persona física o moral registrada ante la Agencia de Atención Animal (Agatan) que le da a uno o más perros recorridos para esparcimiento y salud. 
  5. El Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), además de ser gratuito, será obligatorio, derivado de la adquisición y la adopción. 
  6. Los animales de compañía, según sus características, deben portar de manera obligatoria un collar o pechera con sus datos de identificación.
  7. La eutanasia nunca puede ser utilizada como una medida de austeridad o de abandono animal.
  8. Que se prohíban las peleas de gallos y la celebración de cualquier espectáculo con animales en la CDMX, aplica a pueblos y barrios originarios.  
  9. Las pensiones o establecimientos en los que se brindan los servicios de guarda y custodia temporal, alojamiento y alimentación de animales deberán contar con la presencia de veterinarios y personal adecuado.
  10. Los refugios son el establecimiento sin fines de lucro, cuyo funcionamiento es el cuidado de animales abandonados o retirados en situación de maltrato. Las zonas de resguardo temporal están a cargo de las alcaldías donde se brinda auxilio, protección y amparo a animales de compañía rescatados o en situación de calle. 
  11. Independientemente de las sanciones aplicadas a los casos de maltrato o crueldad contra los animales, se impondrán jornadas de convivencia con animales de apoyo.
  12. Escuela de adiestramiento es la institución académica encargada de enseñar, instruir y entrenar a los animales de compañía.  
  13. Las alcaldías deben otorgar, suspender o en su caso, rescindir y supervisar los permisos de funcionamiento de los prestadores de servicios relacionados con el manejo de animales, como pensiones. 

“Con la actualización de la Ley de Protección a los Animales se cumple con la estrategia mundial de bienestar animal en la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), del cual nuestro país es miembro”

Diputada Ana Villagrán

La llamada “Ley Maple”

La iniciativa de ley surgió a raíz de demandas ciudadanas que exigen regular la seguridad de las mascotas. Como el caso de Adriana Mondragón, quien en junio de 2022 denunció al campamento “You Can Dog Trainning” por negligencias en el cuidado de su perro “Maple”, que concluyeron en su muerte. 

Después de recibir, sin explicaciones concretas, las cenizas de su mascota en una urna, Mondragón inició una iniciativa ciudadana en el portal Change.org, en el cual pudo recolectar 75 mil firmas. 

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