Licencia para ser buenos paseadores de perros

Hoy en la Ciudad de México, el registro y la capacitación de los paseadores de perros, son indispensables para garantizar conocimiento y responsabilidad.

Lic. Juan Manuel García Varela, CASO Asesores S.C.

Los paseadores de perros, tal y como los define la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México que es el resultado del “retoque” que obtuvo la Ley de Protección a los animales de la Ciudad de México, son las personas físicas o morales que se deben encontrar registradas ante la Agencia de Atención Animal (AGATAN), la cual es dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente; y quienes se encargan de proporcionar a uno o más perros, recorridos con fines de esparcimiento, contratados por el tutor de dicho espécimen, a cambio de una remuneración económica.

AGATAN: Hora de hacer tu registro

Pero, ¿esto aplica también para un paseador en formato emprendedor o freelance? Debemos entender que el registro debe ser para los dos tipos, paseadores de perros independientes o los paseadores de perros contratados (subordinados a una empresa, que también deberá de ser registrada). Dicho registro se llevará a cabo ante la AGATAN, y contiene requisitos como identificación oficial, fotografía, comprobante de domicilio y un currículum vitae donde se tenga experiencia y educación especializada en animales, como entrenamiento canino, etología o comportamiento animal, medicina veterinaria, etc.

Adicional a dicho registro, deberá de tomarse un curso, denominado “Buenas Prácticas para Paseadores de Perros”, que está por tener a la primera generación de egresados y es impartido por la misma Agencia, por lo que cuando acudas a ella, para tu registro o informes, te dirán los requisitos y fechas en las cuales se imparte para certificarte como Paseador de Perros.

Este servicio sólo lo podrán proporcionar mayores de edad.

¿Y si no están registrados?

Las empresas dedicadas al paseo de animales de compañía, deberán obtener una Clave de Registro de Establecimiento, misma que emitirán las Alcaldías de la Ciudad, dado que son prestadores de servicios relacionados con los animales de compañía.

Para el servicio, cada animal deberá cumplir las reglas del paseo responsable: portar collar con identificación (o placa), correa y demás accesorios que permitan un paseo cómodo.

El incumplimiento del registro de paseador conlleva que se preste un servicio sin una autorización por parte de la autoridad, en este caso de la Agencia, por lo que podrán ser objeto de sanciones económicas.

Beneficios de registrarte

Si te registras obtienes, primero, el apoyo de la AGATAN, en cuanto a Asesoría Legal en caso de conflicto con tutores de los animales de compañía, acceso a los parques caninos de la Ciudad, el registro público de la autorización obtenida y su distribución entre la ciudadanía.

Y lo más importante: los perros tendrán a una persona que estará más consciente de sus necesidades y podrá atenderlos de mejor forma, gracias a la información y conocimiento que obtuvo en el curso.

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