Evita multas: Paseo Responsable x derecho

El civismo y la justicia, en conjunto, forman las pautas y criterios, en un marco de referencia, para las conductas aceptables dentro de una sociedad y su sana convivencia.

Lic. Juan Manuel García Varela, Abogado administrativo y ambiental, contacto.caso@gmail.com

Desde el Reglamento de Faltas de Policía en el Distrito Federal, vigente desde 1970, se estableció como una falta “Conducir en lugar público animales peligrosos sin permiso de la autoridad y sin tomar las máximas medidas de seguridad; o dejar el poseedor o el propietario de un perro que éste transite libremente en lugar público sin tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar daños a terceros…” (Art. 9).

El tiempo pasa y las leyes mejoran

Aquí entra, además, la Declaración de los Derechos de los Animales, que al establecer derechos a los cuidados, atención y a la protección del hombre (Art. 2, inciso b) y al derecho de libertad de movimiento y garantizar su salud mental, en relación a la angustia o miedo que puede ocasionar ciertas condiciones, aunado a la socialización que deben de tener con otros seres humanos y animales de compañía.

Si no se cumplen los derechos de nuestros compañeros, o somos descuidados en la atención de los mismos podremos ser responsables de los “… daños que le ocasione a terceros y de los perjuicios que ocasione, si lo abandona o permite que transiten libremente en la vía pública…” (Art. 30 de la Ley de Protección a los Animales de CDMX) y estos daños y perjuicios podrán derivar en asuntos de carácter penal (prisión o reparación del daño), civil (daños a la propiedad o terceros) y multas administrativas.

Sanciones y multas

Aunado a ello, un animal de compañía puede ser capturado por la autoridad, si este no se encuentra paseando con su correa o chaleco y collar, o se encuentra moviendo libremente en los andadores de jardines, parques o la vía pública y para su recuperación el dueño del mismo, deberá de comprobar su propiedad con documento de registro.

¿Cuál es la sanción por no llevar a un animal de compañía con su correa y collar? Para la Ciudad de México:  Las multas van de 21 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, o arresto administrativo de 25 a 36 horas.

 Evita multas. En 2023 equivale de $2,178.54 a $3,112.20

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Esas multas serán impuestas por un Juez Cívico previo a la denuncia que realice cualquier persona ante dicha autoridad administrativa.

Por eso, para que nuestro paseo sea más tranquilo y realmente placentero para ambos, te recomendamos y pedimos que, por favor, uses correa y levantes las heces que dejan en los andadores de parques, jardines y calles de nuestra Ciudad.

¿Vecinos necios? Compárteles la siguiente infografía que publica la Agencia de Atención Animal de la CDMX.

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