Es septiembre además de hacer pozole y dar el grito… ¿ya hiciste tu testamento?
Lic. Juan Manuel García Varela
¿Puedo heredar a favor de mi gathijo o perrhijo? La respuesta es corta: no. Los animales no son susceptibles de derechos u obligaciones económicas. Es decir, ellos no tienen conciencia para adquirir deudas o bienes, tampoco para administrar dinero o invertir. Sin embargo, sí son sujetos a cuidados y al tratamiento de bienes a su favor, es decir, podemos considerar que exista una cuenta bancaria, un bien administrado (una renta) e incluso un bien “propio” que sea para su vida futura.
Esto no será a nombre propio de nuestro animal, sino será a nombre de un tercero o un fideicomiso que administre el bien y que tenga por obligación cuidar y administrar el bien a favor del canino o felino.
Claro que con vidas que promedian entre 14 y 19 años, la fortuna heredada podría superar el plazo de vida del animal cuidado, y ser utilizada por su descendencia, pero eso será cuestión de la estrategia legal y administrativa que se pueda establecer para que pueda realmente asegurarse la vida del animal de compañía.
Se puede establecer en nuestro testamento una figura concreta de legado, de nuestro perrhijo o gathijo, a favor de uno de nuestros parientes (no tienen que se forzosamente hijos, nietos o padres, cualquier persona en línea consanguínea o de parentesco por afinidad puede ser susceptible de nuestros derechos), en el cual se determine por cuánto tiempo se puede proporcionar una “pensión” de nuestro patrimonio, la forma de administración y los cuidados mínimos que esperamos que tenga nuestro animal de compañía.
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No heredes, ni dejes problemas
Hace 21 años en la ciudad comenzó la primera jornada testamentaria que tenía como fin reducir el costo del trámite y hacerlo accesible a toda la población. De un 9% de la población con testamento en 2009, se ha avanzado a un 19% en 10 años.
Procura tu testamento, tengas o no un animal de compañía. Aún si no tienes bienes hoy en día, siempre es bueno dejar expresa la voluntad que tienes sobre tus bienes, así sea solamente tu sillón favorito o las acciones de la empresa de Autos Eléctricos que tienes.
Y en vida, dales personalidad jurídica. Conoce el RUAC